Con la voluntad del gobierno de fomentar la inversión extranjera en todas sus formas, desde 2012, el principado facilita la creación y la instalación de sociedades en territorio andorrano. Debido a los negocios rentables, fruto de las numerosas oportunidades y a sus beneficios asociados, el país atrae cada vez a más empresarios extranjeros deseosos de beneficiarse de estas atractivas ventajas empresariales. La consultoría de expertos CONQUEST le presenta los diferentes tipos de sociedades offshore que puede crear en Andorra.
SL y SA: Sociedades offshore que puede crear en Andorra para un negocio rentable
¿Sociedad Limitada o Sociedad Anónima?
SL, Sociedad Limitada
La Sociedad Limitada es perfecta para las pequeñas estructuras de comercio o de servicios y se denominará Sociedad Limitada Unipersonal (SLU) cuando esté constituida por un único socio.
El establecimiento de una sociedad limitada en Andorra conlleva gastos de creación y de instalación:
Gastos de instalación: Destinada esencialmente a cubrir los gastos de abogado y notario, la tasa global de creación de una sociedad andorrana se sitúa entre los 5.000 y 6.000 euros, de los cuales el gobierno recauda 1.000 euros.
Gastos de creación: El empresario debe poseer un capital estatuario mínimo de 3000€.
Las tasas anuales del estado para este tipo de empresa ascienden a 957,77 euros.
SA, Sociedad Anónima
A diferencia de la SL, la Sociedad Anónima está pensada para la creación de una empresa de gran envergadura capaz de reunir a un gran número de accionistas. Como la SL, este tipo de empresa puede estar constituida por un único socio convirtiéndose en una SAU (Sociedad Anónima Unipersonal).
Capital: Para crear una Sociedad Anónima en Andorra, es necesario disponer de un capital mínimo de 60.000 euros.
Gastos de registro: También hay que abonar una tasa de registro de 1016,67€.
Requisitos para la creación de sociedades offshore en Andorra
La creación de una sociedad andorrana a grandes rasgos
El acto de crear una sociedad en Andorra se rige por la Ley 20/2007 sobre sociedades anónimas (SA) y sociedades de responsabilidad limitada (SL), modificada en 2015. Estas dos grandes categorías de empresas garantizan una responsabilidad social, que no se extiende a los socios de la sociedad, si se observan y respetan las normas legales de gestión y contabilidad de la empresa. El administrador de la sociedad creada en Andorra podrá ser único o múltiple, o adoptar la forma de un consejo de administración, que podrá estar compuesto por extranjeros y/o no residentes siempre que hayan obtenido un permiso de inversión extranjera del gobierno del principado.
Líneas generales
La creación de una Sociedad en Andorra se rige por la Ley 20/2007 sobre sociedades anónimas (SA) y sociedades de responsabilidad limitada (SL), modificada en 2015. Las primeras deberán prever un capital social de 60.000 euros, frente a los 3.000 euros para las segundas. Ambos tipos de sociedades garantizan la responsabilidad social, que no se extiende a los socios de la sociedad si se respetan las normas legales de gestión y contabilidad de la sociedad.
El administrador
El administrador de la sociedad creada en Andorra podrá ser único o múltiple, o podrá adoptar la forma de un consejo de administración que podrá estar compuesto por extranjeros y/o no-residentes siempre que hayan obtenido un permiso de inversión extranjera del gobierno. Así, una persona física o jurídica extranjera que cree una sociedad en Andorra puede poseer el 100% de sus acciones o participaciones. Para ello, el administrador deberá presentar los siguientes documentos:
Administrador persona física:
• Copia del pasaporte (con Apostilla de La Haya) o certificado notarial andorrano.
• Certificado de antecedentes penales del país de origen o de los países de residencia de los diez últimos años (con Apostilla de La Haya)
Administrador persona jurídica:
• Copia legalizada de los estatutos de la persona jurídica extranjera o de la sociedad extranjera (con Apostilla de La Haya)
• Copia del pasaporte de la persona jurídica extranjera o representantes de la sociedad extranjera, con Apostilla de La Haya o certificado notarial andorrano.
• Copia del poder notarial de la persona jurídica extranjera o del representante de la sociedad extranjera (con Apostilla de La Haya)
• Certificado de antecedentes penales de la persona jurídica extranjera o del representante de la sociedad extranjera (con Apostilla de La Haya)
• 2 copias de la certificación de la junta que acuerden la inversión extranjera que se solicita.
Andorra ¿negocios rentables o paraíso fiscal?
Aunque ya no figura en la lista de paraísos fiscales, el principado dispone todavía de importantes ventajas para aquellos que deseen crear una sociedad en Andorra y rentabilizar su negocio. Entre ellas, un IVA del 4,5 % (IGI) así como un bajo tipo impositivo sobre las personas físicas y las sociedades (hasta un 10% de los ingresos y beneficios). Gracias a estas prebendas, se pasa de unos 2.300 empresarios en 2006, a casi el triple diez años después.
Todas las sociedades creadas en Andorra cotizan en un único organismo: la CASS (Caixa Andorrana de Seguretat Social).
Las tasas de cotización
El total de las cotizaciones representa aproximadamente el 22% del importe percibido por un asalariado. De ese 22 %, el 6,5% es asumido por el empleado y el 15,5% debe ser sufragado por el empleador para cubrir las prestaciones por enfermedad, jubilación y la asistencia a familiares a cargo. La CASS (Caixa Andorrana de Seguretat Social) reembolsa, normalmente, el 75% de los gastos médicos a los residentes andorranos.
Residencia activa
Ser gerente o crear una sociedad andorrana permite acceder, previa solicitud, al estatus de residente activo para así beneficiarse de las ventajas fiscales ofrecidas por el principado y que permiten la creación de negocios muy rentables en Andorra. Los trámites, que pueden concluirse aproximadamente en dos semanas, también requieren un reconocimiento médico. En el caso de que el empresario extranjero no sea el gerente de su sociedad creada en Andorra, deberá poseer al menos el 21% para poder optar al estatus de residente fiscal.
La constitución de una Sociedad en Andorra se rige por la Ley 20/2007 sobre sociedades anónimas (SA) y sociedades de responsabilidad limitada (SL), modificada en 2015. Las primeras deberán prever un capital social de 60.000 euros, frente a los 3.000 euros para las segundas. Ambos tipos de sociedades garantizan la responsabilidad social, que no se extiende a los otros socios que pudiera tener la sociedad si se respeta la normativa legal de gestión y contabilidad de la sociedad. El administrador de la sociedad podrá ser único o múltiple, o adoptar la forma de un consejo de administración que podrá estar compuesto por extranjeros y/o no residentes siempre que se haya obtenido un permiso de inversión extranjera del gobierno de Andorra.
CONQUEST, su aliado para los negocios rentables en Andorra
Abogados, técnicos fiscales, notarios, contables, expertos en bienes raíces o incluso traductores, CONQUEST, consultores con amplia experiencia en la creación de sociedades en Andorra y la rentabilización de negocios. Le asesoramos, ponemos a su servicio nuestra red de contactos o le representamos, según su deseo, ante los organismos y otras instituciones. Fuera de la Unión Europea, el Principado de Andorra dispone de sus propias leyes y reglamentos establecidos en la lengua oficial del país: el catalán. CONQUEST se adapta a sus necesidades para proponerle el acompañamiento que mejor se adapte a sus expectativas en el marco de la creación de su sociedad en Andorra.
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