El Principado de Andorra, como tierra de negocios, muestra una clara voluntad de facilitar la acogida a los inversores. Hoy en día, un poco más de la mitad de la población del país, atraída por la calidad de vida, las incomparables oportunidades y las numerosas ventajas tributarias, procede del extranjero. La creación de una sociedad en el principado es, para un empresario, la ocasión de beneficiarse de las grandes prebendas del sistema fiscal andorrano. La fiscalidad andorrana aplicada a las empresas, aunque tan transparente como la de otros países de la OCDE, es extremadamente interesante puesto que el IS (Impuesto de Sociedades) está limitado en Andorra al 10%, y los dividendos no son gravados con ningún impuesto.
Fiscalidad empresarial ¿Qué impuestos pagan las sociedades andorranas?
Los principales impuestos para las sociedades con sede en Andorra
El Impuesto de Sociedades en Andorra (IS)
En Andorra, la fiscalidad de las empresas está representada principalmente por el Impuesto de Sociedades. Establecido en 2012, el IS es un impuesto directo y de carácter personal que grava la renta de las personas jurídicas. En el ámbito de la creación de empresa en Andorra, el emprendedor podrá aprovechar una fiscalidad muy ventajosa durante los tres primeros años de su actividad.
Impuesto General Indirecto (IGI)
Normalmente, en un 4,5%
El IGI es un impuesto indirecto que grava el consumo de mercancías y las prestaciones de servicios en Andorra. Este tributo, que está limitado al 4,5% convirtiéndose así en uno de los más bajos de Europa, figura entre las medidas adoptadas por el gobierno del país para favorecer las inversiones extranjeras. La fiscalidad aplicada a las empresas andorranas entre los años 2006 y 2013 abarcaba un gran número de impuestos:
• Impuesto indirecto sobre las mercancías (IMI)
• Impuesto indirecto sobre la prestación de servicios bancarios y financieros (ISI bancaria y financiera)
• Impuesto indirecto sobre los servicios de las empresas y de las profesiones liberales (ISI)
• Impuesto indirecto sobre la producción interior (IPI)
• Impuesto sobre las actividades comerciales (IAC)
Al optar por abandonar este sistema en favor de una flexibilización de las normas de la fiscalidad andorrana, el gobierno ha simplificado el marco de la tributación indirecta, consiguiendo que el principado sea aún más atractivo para los inversores extranjeros.
Exceptiones de la fiscalidad andorra aplicada a las empresas
Si bien los bienes y servicios, vendidos o suministrados fuera del Principado, no están sujetos a la cotización del IGI, existen excepciones, y su tipo puede variar según su tipología:
• 0%: asistencia sanitaria o gastos de hospitalización públicos, prestaciones de asistencia social iniciadas por profesionales (en colaboración con la CASS), servicios de educación, de enseñanza, de guardería, servicios relacionados con el deporte o la educación física prestados por organismos públicos, servicios culturales (públicos), transporte en ambulancia, alquiler de viviendas para particulares, etc.,
• 1%: productos alimenticios (excepto bebidas alcohólicas), plantas, agua potable, animales vivos, semillas, plantas, librerías, periódicos, etc.,
• 2,5 %: transportes, exposiciones, museos, galerías de arte, teatros, jardines botánicos y zoológicos, parques temáticos, centros termo-lúdicos, etc.,
• 9,5 %: servicios bancarios y financieros.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Este impuesto directo, no afectando a las empresas andorranas propiamente dichas, grava las rentas de las personas físicas que hayan percibido ingresos anuales superiores a 24.000 euros. El IRPF se calcula según la naturaleza de la actividad profesional del empresario o asalariado siempre que resida en el principado más de 183 días del año natural. La creación de empresa en Andorra se beneficia de unas nada desdeñables ventajas fiscales, sobre todo en los tres primeros años del comienzo de la actividad.
Impuesto sobre los dividendos, otra ventaja de la fiscalidad empresarial de Andorra
Los dividendos percibidos por los residentes en el principado procedentes de la participación en sociedades o empresas andorranas están exentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o de cualquier otra forma gravamen.
Otros tributos del sistema fiscal para las empresas andorranas
La Plusvalía en el principado
La plusvalía en las transmisiones patrimoniales inmobiliarias se aplica sobre el incremento del valor de los bienes inmuebles. Según el número de años en que un bien ha sido propiedad del contribuyente en Andorra, el impuesto puede variar desde el 15%, a no aplicarse en el caso de inmuebles que han pasado más de diez años en posesión del contribuyente:
• 1 año: tipo del 15%
• de 1 a 2 años: tipo del 14%
• de 2 a 3 años tipo de 13 %
• de 3 a 4 años: tipo del 12%
• de 4 a 5 años: 1 tipo del 10%
• de 5 a 6 años: tipo del 8%
• de 6 a 7 años: tipo del 6%
• de 7 a 8 años: tipo del 4%
• de 8 a 9 años: tipo del 2%
• de 9 a 10 años: tipo del 1%
• Más de 10 años: libre de plusvalía
Impuesto sobre las Transmisiones Patrimoniales sur les transmissions patrimoniales (ITP)
El ITP es un impuesto compartido entre la Administración general (1%) y la Administración comunal (3%), que suman una carga aplicable del 4%. En Andorra, este tipo de impuesto grava las transmisiones con fines lucrativos de bienes inmuebles así como la constitución de derechos reales sobre los mismos bienes.
Tasa sobre el consumo
Este tipo de tasa, es un derecho de aduana que se aplica a los productos agrícolas que se importan al territorio andorrano y que puede oscilar entre el 0 % y el 3 % según la naturaleza del bien importado.
Tasa de inscripción en el Registro de sociedades
Como parte esencial de la constitución de una sociedad en Andorra, para la inscripción de una Sociedad Limitada, deberán abonarse un importe inicial entre los 1.000 y los 1.500 euros, según se inscriba una Sociedad Limitada o una Sociedad Anónima, y pagar anualmente una tasa entre 800 y 1000 euros respectivamente.
Fiscalidad de las parroquias andorranas aplicada a las empresas
Canillo, Encamp, Ordino, La Massana, Andorra la Vella, Sant Julià de Lòria o Escaldes-Engordany, son las siete parroquias que componen el principado y aplican distintos gravámenes fiscales a las empresas andorranas y a los particulares. Entre ellos, el Impuesto de radicación de actividades comerciales, empresariales y profesionales que concierne a la fiscalidad de las empresas andorranas.
Obligatorio para todo aquel que realice actividades comerciales, empresariales o profesionales en Andorra, el impuesto de radicación se calcula según la naturaleza de la actividad, la ubicación del negocio y la superficie del establecimiento. Este impuesto se abona con una periodicidad anual.
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